La consulta: atentado contra la Suprema Corte y el estado de derecho

Por Mario Rosales Betancourt (*)

Imagen ilustrativa: @balfrevargas

Ahora que el presidente López Obrador hace continuas referencias al mensaje evangélico, sin duda sabe que cuando Poncio Pilatos sometió a consulta popular la libertad o condenación de Jesucristo, se dio el injusto resultado de que se liberó a un terrible criminal, como Barrabas, y se condenó a la peor muerte, la de cruz, al nazareno.

La consulta popular, para que el pueblo decida si se somete a juicio a los expresidentes, además de ser una auténtica barrabasada, es algo innecesario que además atenta, en forma muy grave, contra el estado de derecho que a quien perjudicará más será a la Suprema Corte de Justicia y, eventualmente, a la fiscalia autónoma y al poder judicial.

El punto de partida para entender lo peligroso de esta idea, es la División de Poderes. El Legislativo discute y aprueba las leyes, el Ejecutivo las aplica y el Judicial resuelve controversias e interpreta las leyes. Tanto el Legislativo como el Ejecutivo son electos directamente por el pueblo, en elecciones democráticas, pero el Judicial no. Y no es porque mientras que los dos primeros tienen que tomar sus decisiones y realizar sus acciones como mandatarios del pueblo, el Judicial tiene que resolver de acuerdo estrictamente a ley, y a lo que está debidamente comprobado en un debido proceso .

Esto significa que la consulta popular sí es útil para orientar, por ejemplo, una ley que se discuta en el Congreso o una decisión que tenga que tomar el Ejecutivo, pero no debe ser aceptada para un acto, acuerdo o sentencia del Poder Judicial.

El problema concreto es que si —como lo está promoviendo la fracción de Morena en el Senado— si se aceptara por esa Cámara el llevar a cabo esta consulta quien tendría que aceptar su constitucionalidad (en específico de la pregunta que se sometería al pueblo consultado) es la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Eso dejaría a la Corte como el cohetero, ya que si —como creemos la mayoría de los profesores de derecho— la Corte determina que es constitucionalmente improcedente esta consulta, los morenistas dirán que como todavía la mayoría de los actuales ministros de la Corte fue propuesta por los expresidentes a los que se quiere juzgar, los está protegiendo, y esta institución sufriría un gran desgaste. Pero sería mucho peor que, por el contrario, por razones políticas, la Corte aceptara la pregunta y la consulta de los morenistas a propuesta del propio presidente López Obrador, ya que sería evidente para todos que la Corte habría perdido su autonomía y aún su dignidad.

Si se diera este último supuesto y en agosto del muy complicado —sobre todo en lo económico— año que entra, se tendría que realizar la inútil y costosa consulta. Inútil, porque ya las encuestas realizadas señalan que de realizarse tal consulta, el triunfo de la propuesta de juzgar y condenar a los expresidentes sería abrumador. Y muy costosa, porque seria en un año en que se tendrán elecciones federales y locales, que implicarán el uso muy grande de recursos muy escasos por la pandemia y las consecuencias económicas. Además, ocuparía del tiempo y esfuerzo de ese gran ejército humano que requiere todo proceso electoral o de consulta, y cuando los órganos electorales, como el INE, tendrán que estar todavía en la parte del proceso electoral, posterior al día de la elección.

Pero luego, vendría el problema de que no existe la obligación legal de aceptar lo que determine la consulta popular por parte de la fiscalía autónoma, que constitucionalmente tiene monopolio y la autonomía de ejercer la acción penal en contra de quien tenga datos y evidencias de que probablemente cometió un delito, teniendo que otorgar a los expresidentes la presunción de inocencia, independiente de la consulta.

Y, finalmente, no es ni el Presidente, ni el Senado, ni la fiscalía autónoma, ni mucho menos una consulta popular, quienes determinan si una persona queda sujeto a un proceso penal; es un juez, que debe ser imparcial y autónomo, el cual, con fundamento únicamente en lo que se llama la carpeta de investigación, debe determinar si se inicia o no un proceso penal en contra de una persona que debe ser tratada bajo el principio de presunción de inocencia y con un debido proceso.

Lo anterior no implica que esté a favor de que vivan en la impunidad, como lo hacen los expresidentes; no, por el contrario, creo que si se tiene pruebas de conductas ilícitas, típicamente culpables por parte de los expresidentes, que se les procese ya, sin el requisito previo, que además se convierte en un privilegio para ellos, los expresidentes, el de la consulta popular propuesta y ya puesta en marcha.

Entonces, ¿se va a poner a consulta popular el sometimiento a proceso penal de toda persona? O todos coludos o todos rabones. Pienso que a los expresidentes se les debe dar el mismo trato que a todos los señalados de haber cometido delitos. Si no, que a todos se les dé el privilegio de ser sometidos —antes del inicio de sus juicios— a una consulta popular, que acepte o rechace el que se les procese. O sea, el privilegio que el actual presidente le otorga a sus antecesores.

(*) Profesor titular C con 44 años de antigüedad en FES Acatlán, UNAM. Profesor con 39 años de antigüedad en UAM-Azcapozalco. Miembro de ANPERT (Asociación Nacional de Periodistas de Radio y Televisión) y de CONAPE (Compañeros Internacionales Periodistas y Editores).

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