
Por Mario Rosales Betancourt (*)
Imagen ilustrativa: Pxfuel
Una vez que se conoce la pregunta que se propone para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación la califique en su constitucionalidad, y después de la amplia exposición de motivos hecha por el presidente López Obrador, sobre las acciones realizadas por los expresidentes Salinas, Zedillo, Fox, Calderón y Peña (las más de índole político y contra lo que llama el neoliberalismo), se evidencia que la consulta popular no es el medio para que se conozcan las acciones ilegales y o indebidas, realizadas por los expresidentes.
Por ello, reitero que es sólo un gran distractor político, que convierte a una muy conveniente y respetable institución democrática, como es la Consulta Popular, en un instrumento de demagogia; y que hay otras figuras, como una Comisión de la Verdad, que serían más convenientes si lo que se busca es conocer realmente lo que hicieron los expresidentes.
La pregunta es, en síntesis, si se está de acuerdo o no en que las autoridades competentes, cumplan sus obligaciones con apego a la legalidad, lo que es un absurdo preguntarlo, y algo totalmente innecesario.
El argumento de que los expresidentes no pueden ser juzgado porque la Constitución señala que no pueden serlo durante su encargo, da lugar a dos interpretaciones: la primera —que considero es la correcta—, es que ya cuando son expresidentes, sí pueden ser sometidos a proceso, aun por actos ilegales que cometieron cuando fueron presidentes. La otra —para mí incorrecta——, es que no pueden, ni después de que ya hayan dejado la Presidencia, ser sometidos a proceso. Pero no es el pueblo por consulta popular, sino sólo el poder judicial federal, el único que debe hacer la interpretación constitucional válida. Y la consulta popular sólo obliga a órganos representativos, emanados del voto popular, como lo son el poder legislativo y el ejecutivo, pero no al judicial.
La pregunta es violatoria de derecho humanos, primero porque —aunque sea teóricamente— permite la posibilidad de que gane el no, con lo cual se violarían los derechos humanos de las víctimas de las acciones delictivas de los expresidentes. Y si es sí, como es obvio que lo sería, se violan el derecho de debido proceso, la presunción de inocencia y el de la no aplicación de la analogía, porque se junta a cinco personas con conductas y acciones distintas, realizadas en tiempo y circunstancias distintas, para que se decida (sólo por la analogía de ser expresidentes) si se investiga a los cinco, o no se investiga a ninguno de ellos. O sea, los meten a todos en el mismo saco.
El hecho es que si ya hay elementos probatorios de que uno o más de los expresidentes cometió actos ilícitos, se les debe abrir ya (por parte de la Fiscalia Autónoma), su carpeta de investigación, para que se vincule a cualquiera de los expresidentes a proceso. Muy factiblemente, Peña (por el Caso Lozoya) y Calderón (por el caso García Luna) serán involucrados en delitos graves. Entonces ¿para que esperar a la realización de la consulta si las investigaciones pueden iniciarse ya? Dicho de otra manera: la consulta se convierte en un privilegio real, aunque les ocasione mayor desprestigio, a los ya muy aborrecidos expresidentes.
Hay que esperar qué determina la Corte; el peligro es que se dé un terrible resultado, que vulnere la autonomía y la dignidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se desprestigie el mecanismo de la consulta popular y, al final, que no se procese y queden impunes las acciones ilícitas de los expresidentes.
(*) Profesor titular C con 44 años de antigüedad en FES Acatlán, UNAM. Profesor con 39 años de antigüedad en UAM-Azcapozalco. Miembro de ANPERT (Asociación Nacional de Periodistas de Radio y Televisión) y de CONAPE (Compañeros Internacionales Periodistas y Editores).
