El difícil deslinde entre lo público y lo privado

Tanto en las clases en línea como en las revelaciones periodísticas

Por Mario Rosales Betancourt (*)

Imagen ilustrativa: Lynn Kurtz (Pixabay)

Platón tomó la idea de los pitagóricos y creó su célebre Academia como un lugar cerrado, donde maestros y discípulos podían reunirse, alejados de miradas y oídos de extraños, porque vio que una de las situaciones que llevaron a la muerte a su gran maestro, Sócrates, fue que cuando éste transmitía sus conocimientos en plazas y otros lugares públicos, algunos escuchaban y sacaban las enseñanzas de contexto, confundían lo que decía, lo mal interpretaban y otros, incluso, lo aprovechaban para burlarse de él (como Aristófanes, en su comedia Las nubes); y el resultado final fue que el hombre más sabio, bueno y justo de su época fue condenado a morir bebiendo cicuta.

Hoy existe fuerte polémica por la suspensión a dos profesores de la Facultad de Química de la UNAM, por videos que se difundieron sin su autorización, y se convirtieron en virales. Ambos, en sus cursos en línea, hicieron comentarios o chistes que fueron grabados sin que lo supieran. A Mario Chin, por un par de malos chistes misóginos (como decir que había una mujer a la que le decían la mufla de oro y a otra, la bolsa de hielo), y a Arturo Zentella por decirle a una alumna que por ser las clases en línea no podía ofrecerle sexo.

Por otro lado, Pío López Obrador denunció al periodista Carlos Loret de Mola, y pidió hasta 12 años de prisión, por difundir en Latinus (cuya señal se origina en Estados Unidos) un video en el que se le ve recibiendo dinero, por cierto de la persona que ordenó que las reuniones fueras grabadas. Pío invoca un artículo del Código Penal Federal que no es aplicable porque está en el capítulo de delitos cibernéticos.

Esto plantea un problema jurídico y ético, que es el de definir claramente cuáles son datos personales, íntimos, privados que no deben difundirse, y cuáles (en el marco de la libertad de expresión y demás derechos) sí pueden hacerse.

La educación universitaria, por ejemplo, debe darse en un margen de absoluta libertad de cátedra, de ideas, de expresión, donde ni estudiantes, ni profesores deben tener temor alguno de preguntar o decir lo que crean correcto, en un marco de tolerancia.

Desde luego, la base tanto de clases presenciales, como en línea, tiene que ser el respeto entre maestro y alumnos, y entre alumnos entre sí; dándose éste, debe haber un clima de libertad, y para ello se requiere confianza, la cual se pierde si existe el temor de que por un error, una situación inesperada, incluso un momento de ofuscación o una opinión distinta, alguien, tanto un alumno como un profesor, pueda ser grabado y exhibido públicamente, en las redes.

En Francia, en los suburbios de París, el profesor Samuel Paty, fue decapitado por un fundamentalista islámico por presentar en su clase (en la que explicaba precisamente qué es la libertad expresión) una de las caricaturas del profeta Mahoma.

Aqui en México, la Universidad Autónoma de Nuevo Nuevo León suspendió también a un profesor que hizo bullying e humilló a un alumno con síndrome de Asperger; algunos estudiantes presionan para que se le despida definitivamente. La familia decidió no levantar cargos contra él, ya que aceptan cometió un error, y el profesor ofreció disculpas y trató de justificar su comportamiento, por el estrés que ocasiona la pandemia.

En nuestra FES Acatlán UNAM, el Consejo Técnico aprobó un acuerdo polémico por el cual, en forma absoluta, se prohíbe hacer capturas de pantalla, grabar y /o difundir clases en línea y demás actividades académicas. Se establece que se aplicarán las sanciones previstas en la legislación universitaria.

Dicho acuerdo ha provocado reacciones encontradas; en primer lugar el acuerdo carece totalmente de fundamentación y motivación jurídica, grave defecto en una Facultad, en la cual, una de las carreras que se enseña, es la de Derecho

Y ese defecto, además provoca que su aplicación en la práctica será muy débil porque se podría alegar por el afectado, falta de validez y de rigor jurídico.

También es obvio que podrá tener un efecto contraproducente porque cuando algo se prohíbe, más se fomenta la práctica, y más porque es una prohibición muy difícil de vigilar, de conocer al responsable y particularmente de sancionar.

Las grabaciones no autorizadas, usadas sólo para burla, ya sean contra un profesor o contra un alumno, se pueden hacer de una cuenta o nombre falso, y darse así un anonimato. Y con esto se puedan presentar situaciones como las que yo sufrí, que me atribuyeron una información falsa y malintencionada, que se difundió en la red contra una persona muy importante, se la dijeron y la creyó; lo hizo pese a que cuando yo hago una crítica, lo haga dando mi nombre. Esta persona sigue creyendo que soy responsable de esa crítica que nunca hice, por más que le he dicho que no. Derivado de esto, existe el riesgo de castigar a inocentes, y dejar en la impunidad a culpables. Y que se fomente el anonimato para dañar o criticar a personas.

El defender derechos humanos fundamentales, como la libertad de expresión o la protección de datos personales; derechos de la personalidad, como el derecho a la imagen; derechos de propiedad intelectual, como pueden ser derechos de autor, aunque no estén registrados; derechos civiles, como el derecho a no sufrir daño moral; derechos universitarios, como la libertad de cátedra, entre otros, pueden ser afectados en agravio de profesores y alumnos, con grabaciones y difusiones no autorizadas. Un acuerdo con amenaza de sanciones, que serían muy difíciles de aplicar, creo que no es el medio más adecuado para prevenir tales situaciones.

Tiene que hacerse un acuerdo más ético que jurídico, en el cual los profesores,} cuidemos más el buen y respetuoso trato a nuestros alumnos y la calidad académica de nuestras clases en línea, cuidar más lo que decimos y los alumnos esforzarse más en su educación y no ser como algunos los llaman, la generación de cristal, demasiado frágiles, que se ofendan excesivamente por algo que sólo puede ser una broma, y tomar como principio que si hay respeto, y es algo relacionado con los aspectos académicos, lo que se dice y hace en la clase en línea, se queda en la clase en línea. Aceptar que maestros y alumnos podemos equivocarnos y ello no debe ser motivo de burla.

En cuanto lo de Pio López Obrador, es absurdo que por un lado se exija cuando se critica o se señala algo que haya pruebas y se presenten, pero, por el otro, que se quiera castigar a un periodista por presentar estas pruebas. Con actitudes como las de Pio se pretende acabar con el periodismo de investigación.

Sin duda el tema es complejo: cuál es la línea que separa lo que es privado, dato personal o derecho de la personalidad que debe ser protegido, de lo que es derecho a la información, libertad de expresión y sus manifestaciones como la libertad de prensa y la libertad de cátedra. Ahí está el dilema.

(*) Profesor titular C con 44 años de antigüedad en FES Acatlán, UNAM. Profesor con 39 años de antigüedad en UAM-Azcapozalco. Miembro de ANPERT (Asociación Nacional de Periodistas de Radio y Televisión) y de CONAPE (Compañeros Internacionales Periodistas y Editores).

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.