La sobrerrepresentación destruiría a la República

El argumento legaloide de la 4T destruiría, de facto, el equilibrio entre poderes

Por Mario Rosales Betancourt
Imagen ilustrativa: Especial

La sobrerrepresentación legislativa surgió para evitar la parálisis parlamentaria cuando ninguna fuerza política tuviera una mayoría simple y esto impidiera la aprobación de leyes, de presupuesto, etcétera; por eso se llamó a la reforma del artículo 54 cómo la cláusula de gobernabilidad.

Nunca tuvo como propósito el constituyente ─al modificar el artículo 54─ que esto sirviera para que, con artificios, se creara una mayoría calificada que permitiera a una única fuerza política modificar la Constitución a su arbitrio, aprobar leyes y hacer acciones anticonstitucionales sin límites (porque para promover una controversia constitucional se requiere un 33 por ciento de legisladores).

De las formas de interpretación jurídica hay dos que se enfrentan en el tema de la sobrerrepresentación, que deben resolver el INE y en última instancia, el Tribunal Electoral.

La primera es la literal, que se basa en el sentido gramatical de las palabras empleadas ─la cual solo se debe dar en forma estricta en materia penal y fiscal─ y que da pie a normas de aplicación estricta. Es la que pretende el gobierno de la 4T al decir que donde dice partido no se puede aplicar a Coalición.

La otra es la interpretación teleológica, que es la toma en cuenta fundamentalmente los objetivos, propósitos y fines de la norma ─o sea, lo que se llama su espíritu─. Esta interpretación es la proponen la oposición y muy destacados juristas, como Jorge Alcocer y Diego Valadez.

Alcocer y Valadez argumentan que la interpretación debe ser teleológica, esto es, que no debe haber una sobrerrepresentación en beneficio de solo una fuerza política, en menoscabo de los derechos de las fuerzas políticas minoritarias, pues deja todo el poder en una sola persona o en solo un grupo político, haciendo que los votos no valgan igual.

Otro aspecto que considerar es que hay de coaliciones a coaliciones. Incluso en el mundo empresarial se dan, por ejemplo, uniones entre empresas distintas, con propietarios distintos, accionistas distintos y que han sido competidoras entre sí. Su alianza estratégica lo que busca es hacer frente a otra empresa que busca eliminarlas con el propósito de crear un muy dañino. En este tipo de alianzas, las empresas aliadas conservan sus respectivas autonomías.

En cambio, otro procedimiento, totalmente distinto, se da cuando una sola empresa ─para evadir impuestos, obligaciones legales o laborales por cualquier motivo negativo, como puede ser un fraude a la ley─ compra nombres o denominaciones sociales de empresas pequeñas o crea otras que, aunque tengan nombres diferentes, formen parte de un consorcio que pertenezca a un mismo dueño, en el que figuran los mismos accionistas, y su finalidad sea constituir un monopolio para concentrar el mercado en su beneficio.

Así, a una empresa con tres o más nombres distintos ─de empresas adquiridas o creadas para evadir la ley─ no se le debe dar el mismo tratamiento que a una alianza estratégica.

La coalición PAN, PRI y PRD sí estuvo integrada por tres partidos verdaderamente distintos, cada uno con su historia, principios, acciones, militancia.

En cambio, la 4T es un solo y único partido verdadero: Morena (con dos subsidiarias o filiales, que son el PT y el Verde, que siguen sumisamente al mismo liderazgo y obedecen las mismas indicaciones).

La aprobación de la sobrerrepresentación como la quiere el gobierno actual haría inútil la existencia de un Congreso, pues este solo aprobara o rechazara lo que quiera el presidente (o la presidenta).

Los de Morena ─para justificar su plan C y lograr su mayoría calificada─ alegan que el artículo 39 constitucional señala que todo poder público dimana del pueblo. Sí, pero se olvidan de leer lo que sigue: SE INSTITUYE PARA BENEFICIO DE ÉSTE.

Nulificar al Poder Legislativo, y quitarle autonomía e independencia al Poder Judicial ─para concentrar todo el poder en una persona─ sería en perjuicio del pueblo. Por ello, la sobrerrepresentación, al no ser benéfica para el pueblo, es contraria al espíritu y al texto de la Constitución.

Todo depende ahora de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quienes pasarán a la historia como los que salvaron o destruyeron a la República.

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