¿Por qué Claudia Sheinbaum no puede ser «presidenta»?

La interpretación literal de la ley, con la que Morena forzó la sobrerrepresentación en el Congreso, es la causa de este embrollo

Por Mario Rosales Betancourt

Foto ilustrativa: Cámara de Diputados

Fue una interpretación literal la que sirvió para que Morena lograra su mayoría calificada; en la reforma al Poder Judicial, se estableció un artículo transitorio que prohíbe una interpretación, que no sea la literal.

Las palabras muchas veces tienen distintos significados y contextos. Por eso, siempre se ha requerido de otras formas de interpretación, como las contextuales y las teleológicas, o sea, las que ven el propósito o fin de la norma jurídica.

Si vamos a la literalidad, la doctora Claudia Sheinbaum no podría ser «presidenta», porque el artículo 80 de nuestra Constitución establece que el Supremo Poder Ejecutivo está a cargo de UN SOLO individuo que se denominará PRESIDENTE.

Es obvio que si la propia Constitución establece la igualdad jurídica del hombre y la mujer, el presidente puede ser un hombre o una mujer, pero esto ya es una interpretación no literal. Y en cuanto a la denominación, gramaticalmente ya se acepta por la Real Academia Española de la Lengua el término presidenta. Sin embargo, el texto constitucional dice “presidente”, desde el artículo 80 hasta el 89, y en varios más.

Así que formalmente, mientras no se modifique la Constitución para establecer «presidente o presidenta», Claudia Sheinbaum debería protestar como «Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos», y firmar todo lo que corresponda a su cargo como “Presidente”.

La verdad es que, desde la campaña ─cuando se sabía que las candidaturas más fuertes eran de las dos mujeres en la contienda─ se debió hacer la reforma constitucional. Pero lo anterior demuestra que la pura interpretación literal no es conveniente.

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